¡Va pa´trás! Ley antitabaco se suspende por amparo de restauranteros de CANIRAC

¡Boom! La CANIRAC ha lanzado un golpe directo a la ‘Ley antitabaco’. La prohibición de vender comida y bebida en las zonas de fumadores, que había dejado a los restaurantes con broncas de ingresos, ha sido suspendida.
La Cámara Nacional de la Industria de Restaurantes y Alimentos Condimentados (CANIRAC) ha anunciado que ha conseguido la suspensión definitiva contra el Decreto que reforma el Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, que entró en vigor el 15 de enero de este año.
Este Decreto, que prohibía el servicio de alimentos y bebidas en las zonas de fumadores, había dejado a los restaurantes más fríos que un pingüino en un iglú. Pero la CANIRAC ha conseguido que el Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito suspenda definitivamente el Decreto. Y esta decisión es tan definitiva como un tatuaje, no puede ser impugnada.
Unos 2 mil establecimientos, entre restaurantes, casinos y bares, habían pedido un amparo contra el Decreto, argumentando que las nuevas restricciones les estaban costando más que una cena con todos los extras.

Aunque no hay un estudio que determine el daño económico, algunos expertos y analistas financieros y legales, dieron a conocer que el sector restaurantero calculaba pérdidas de entre un 20% y 30% en el ticket de consumo, debido a que los comensales fumadores ya no hacían la sobremesa por la medida.
La CANIRAC argumentó en su amparo que la industria restaurantera ya cumplía con normas que protegían el derecho a la salud de los no fumadores y el derecho a un ambiente libre de humo, al mismo tiempo que contar con espacios para fumar respetaba el derecho al libre desarrollo de la personalidad de los fumadores.
También argumentó que la nueva norma no protege más a las personas no fumadoras y genera restricciones y prohibiciones, como la discriminación y la negación del servicio a los clientes, que limitan el ejercicio de otros derechos humanos.
Finalmente, la CANIRAC solicitó en el documento que se permitiera a sus afiliados prestar servicios de consumo en zonas habilitadas y exclusivas para fumar, de acuerdo con las disposiciones previas a la entrada en vigor del Decreto. La CANIRAC tomó como base la Ley de Cámaras y sus Confederaciones, así como sus propios estatutos, para demostrar su facultad de “defender, representar y promover los intereses de la industria restaurantera”.
La CANIRAC informó en un comunicado que las restricciones de la llamada ‘Ley antitabaco’ se suspenden para aquellos restaurantes afiliados a la Cámara que puedan demostrar su afiliación y cuenten con una licencia de funcionamiento vigente que cumpla con el Reglamento de la Ley General para el Control de Tabaco anterior a la reforma.
Para aquellos establecimientos que no sean afiliados, la Cámara los invita a acercarse y evaluar alternativas.

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